dimarts, 11 de setembre del 2007

La Comisión Europea de acuerdo con la plataforma Todos Contra El Canon

En una carta dirigida a la plataforma, la institución europea se muestra de acuerdo con los postulados de esta sobre lo injusto que es un canon para gravar los dispositivos y soportes de grabación de información. La SGAE no se ha definido al respecto.

"Pagan justos por pecadores", es la posible conclusión de la nota que la Comisión Europea ha hecho llegar a la plataforma Todos Contra el Canon, posicionándose de acuerdo con sus postulados respecto al canon por copia privada.

La carta es importante, tanto más cuando la Comisión Europea reconoce que el canon grava indiscriminadamente a los usuarios que realizan copias de material protegido por derechos de autor como a aquellos que copian material libre de estos derechos (por ejemplo protegidos con licencias copyleft o Creative Commons), la cual cosa es injusta ya que el segundo grupo no debería pagar por el derecho de copia.

La SGAE (Sociedad General de Autores y Editores), principal entidad impulsora del canon, no se ha manifestado sobre la resolución de la Comisión Europea.

Un tema complicado

El del canon por copia privada ha sido un asunto espinoso desde el principio. Regulado por ley, muchos ciudadanos que lo pagan desconocen que el gobierno ha regulado su pago y fijado las tarifas, por lo que piensan que el impuesto ha sido fijado directamente por una entidad privada como es la SGAE. Esta última tampoco es la única entidad que recauda los beneficios del canon: AIE (Sociedad de Artistas Intérpretes o Ejecutantes de España) y AGEDI (Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales) también reciben su parte proporcional. No obstante, la imaginería popular ha visto en la SGAE al único culpable de la recaudación, tal vez porque es la entidad más conocida, que más se ha manifestado públicamente en favor de esta medida y que más casos ha llevado ante tribunal por ello.

El canon a CDs y DVDs se empezó a imponer en el 2003 después de que las entidades recaudadoras y gestoras llegasen a un acuerdo con ASIMELEC (Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones), a la que podríamos identificar como la patronal del sector de la electrónica de consumo y la microinformática. Dicho acuerdo fue duramente criticado por las entidades anti-canon y por la ciudadanía en general.

Los defensores de la imposición del canon argumentan que este legitima la realización de copias de contenidos para uso privado siempre que estos hayan sido previamente adquiridos de forma legal, y que indemniza en parte a los autores cuyos contenidos hayan sido copiados de forma ilegal. Para estas mismas entidades, la voluntad es extender el canon a las líneas de conexión a Internet y otros tipos de medios de almacenamiento como discos duros o llaves USB.

Los argumentos de aquellos que se oponen a la aplicación del canon ya los hemos visto antes, y son los mismos que ha defendido la Comisión Europea: la aplicación indiscriminada hace que paguen usuarios que no deberían, por lo que se está cometiendo un robo puro y duro. En el caso que, por ejemplo, compremos una caja de CDs o DVDs para gravar una distribución de Linux descargada de Internet -contenido total y absolutamente libre de gravámenes-, también estamos abonando una parte del importe de la caja como canon, lo cual es totalmente irregular.

Las contradicciones sobre el canon continúan: consultado el Ministerio de Cultura e Industria del Gobierno Español sobre la normativa relativa al canon, desde la Secretaria General Técnica del Ministerio de Cultura se aseguró que todavía no existe ningún borrador sobre la normativa del canon digital, contradiciendo las últimas informaciones publicadas. Suponemos que se refiere a una renovada versión de la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, que contempla el cobro de un canon compensatorio por derecho de copia privada.

Una afirmación que podría afectar a más países

España no es el único estado de la Unión Europea con un canon sobre los medios de almacenamiento electrónico, ya sean los dispositivos que permiten su grabación o los consumibles en si. Un ejemplo de estos otros países es Alemania.

El dictamen de la Comisión Europea, pese a que no es vinculante (por lo menos todavía), puede constituir un precedente para una futura ley europea sobre el tema, que demarcaría hasta donde pueden llegar las leyes estatales y, con la resolución contraria al canon, esta ley podría limitar o incluso suprimir dicho gravamen. De hecho, la Comisión Europea ha asegurado en su misiva a la plataforma Todos Contra el Canon que tiene la intención de promover una iniciativa europea al respecto.

No obstante, los intereses creados alrededor de este impuesto son grandes, y la influencia de la industria es, hasta cierto punto, importante, por lo que podría constituirse una especia de lobby (grupo de presión) ante la Comisión Europea o el Parlamento del viejo continente, compuesto por la industria discográfica y las organizaciones de protección de la propiedad intelectual.

Una baza a favor de la derogación del canon es la impopularidad de la medida, que podría arrastrar a los políticos (bien sea por consciencia o simplemente por conseguir un mayor número de votos) a votar contra la imposición de dicho impuesto.

Más información:

Nota de prensa de la plataforma Todos Contra el Canon
http://www.todoscontraelcanon.es/index2.php?body=article&id_article=186